Desde octubre de 2019, 80 organizaciones de la sociedad civil de todo el país vienen trabajando en una propuesta conducente a un Pacto Social por la Vida y el Ecuador que integra ocho grandes dimensiones, sobre la base de principios democráticos y máximos éticos en una metodología colaborativa que integra la diversidad con un enfoque de desarrollo local. Nuestra agenda se enfoca en el empleo, la agricultura familiar campesina, el desarrollo local, la educación, la salud, el ambiente, el género, la lucha contra la corrupción y la impunidad.

 

El Pacto Social busca generar una agenda ciudadana a mediano y largo plazos que sirva de marco de referencia para los diferentes niveles de gobierno, en lo conceptual y metodológico, sobre todo para quien asuma la Presidencia para los próximos cuatro años. Se propone acercar las voces, propuestas, ideas ciudadanas a quienes ejercen el poder, para que en el ejercicio de formulación y aplicación de políticas públicas se recojan las legítimas aspiraciones y demandas de la ciudadanía y, de esa manera, se generen condiciones suficientes de gobernabilidad.

 

A pocos días que se produzca la elección de la segunda vuelta, informamos a la opinión pública que el 25 de marzo en la ciudad de Quito, el Pacto Social entregó un documento con 151 propuestas al binomio de la candidatura de las listas 1-5 (UNES) representado en esa ocasión por Carlos Rabascal y lo propio hizo con Guillermo Lasso, candidato de CREO, el 31 del presente en la misma ciudad. 

 

Ver propuestas de las 8 mesas temáticas del Pacto Social

 

conversatorio1

conversatorio 2

Quito, a 30 de marzo de 2021

Señora 

DIANA ATAMAINT W

PRESIDENTA DEL CONSEJO NACIONAL ELECTORAL 

Presente.- 

De nuestras consideraciones: 

El Colectivo VOCES POR LA DEMOCRACIA -que integra a personas naturales y jurídicas vinculadas con el quehacer democrático, a través de esta Petición y amparados en el artículo 66 numeral 23 de la Constitución- queremos expresar nuestros puntos de vista, preocupación ciudadana por los procesos de votaciones y escrutinios que deberán llevarse a cabo el domingo 11 de abril del presente año, nuestras peticiones a Usted, como Presidenta del Consejo Nacional Electoral y por su digno intermedio al Pleno del Organismo. 

Usted comprenderá que la principal demanda ciudadana es la exigencia de una necesaria TRANSPARENCIA ELECTORAL; por tanto, es obligación del CNE que en todos sus actos y resoluciones se refleje la aplicación real de los principios de transparencia, certeza, publicidad y eficacia electoral, en armonía con los principios de legalidad y de legitimidad. 

En este contexto, y para que se garantice de manera transparente y transversal que las elecciones, en su conjunto, y los resultados electorales, desde su formación con el acto de votación, pasando por los métodos y sistemas de cómputo y contabilización de votos, hasta la proclamación de resultados, sean fidedignos, veraces, auditables, comprobables y públicos, desde sus orígenes: el conteo voto a voto en mesa, los escrutinios provinciales y nacionales hasta la tabulación de resultados por servidores informáticos, nos permitimos manifestar nuestra profunda preocupación, por los siguientes aspectos: 

PRIMERO.- Insistimos en la aplicación real y práctica desde la lógica de la seguridad electoral, de lo dispuesto en el artículo 127 del Código de la Democracia, cuya norma señala: 

Art. 127.- El acta de instalación y el escrutinio será suscrita por triplicado por todos los vocales de la Junta y por los delegados de los sujetos políticos que quisieren hacerlo.

El primer ejemplar del acta de instalación y de escrutinio, así como las papeletas utilizadas que representen los votos válidos, los votos en blanco, los votos nulos y las papeletas no utilizadas, serán colocadas en sobres diferentes y se remitirán inmediatamente para su procesamiento, escrutinio y difusión a las juntas electorales regionales, provinciales, distritales y la especial del exterior debidamente firmados por el presidente y el secretario de la Junta, con la supervisión de los coordinadores electorales y la protección de la fuerza pública.

El segundo ejemplar del acta de instalación y de escrutinio firmado por el presidente y el secretario de la Junta se entregará en sobres cerrados directamente al coordinador designado quien remitirá inmediatamente el acta de escrutinio para su procesamiento en el sistema tecnológico previsto para el efecto, una vez procesada en el sistema esta acta será de consulta en línea por parte de las organizaciones políticas y tendrá fuerza probatoria.

El tercer ejemplar se fijará en el lugar donde funcionó la junta receptora del voto para conocimiento público.

A los delegados de las organizaciones políticas se les entregará copia del acta o el resumen de los resultados que deberá contener la firma del presidente y secretario de la Junta.

El Consejo Nacional Electoral implementará procedimientos tecnológicos y logísticos, que garanticen conocer públicamente los resultados electorales provisionales y las imágenes de las actas de instalación y de escrutinio de las juntas receptoras del voto. La difusión se realizará sin ninguna restricción, de manera ininterrumpida, y desde el momento en que se obtengan los primeros datos, salvo caso fortuito o de fuerza mayor”. (La negrilla y subrayado nos pertenece). 

1.1.- En razón de que no se ha cumplido con la norma, respecto a elaborar un solo documento “acta de instalación y de escrutinios de la JRV”, consideramos esencial que se publiquen también las imágenes de las actas de instalación, para que los actores políticos y la sociedad en general pueda validar la identidad de los miembros de mesa, de tal suerte que, sean los mismos miembros de mesa que instalaron la JRV los que escrutaron los votos. 

1.2.- Es importantísimo y esencial para la transparencia de las elecciones, previo al inicio de la jornada electoral de votaciones, se acredite a los delegados de los sujetos políticos y que, ellos en dicha calidad no pueden actuar de miembros de Junta Receptora del Voto, por cuanto no podrían ser jueces y parte. 

1.3.- Que en caso de ausencia de los miembros de JRV designados, se escoja al azar de los ciudadanos que llegan a votar al recinto, para que actúen como miembros de JRV, con la presencia de los delegados de las dos candidaturas. 

1.4.- Que se haga público el listado de miembros de JRV designados, para que las organizaciones políticas y la ciudadanía conozca la identidad de los ciudadanos en los cuales recae la responsabilidad de la transparencia del conteo manual de votos. 

SEGUNDO.- Respecto al control y fiscalización del acto de votación y de los escrutinios -al tenor de lo dispuesto en los artículos 117, 168 y 330 numeral 5 del Código de la Democracia- expresamos y pedimos: 

2.1.- Que el delegado de la organización política se encuentre a una distancia prudencial, manteniendo las medidas de bioseguridad (dos metros) para que pueda ejercer su derecho de objeción, vigilancia y supervisión ante la JRV. 

2.2.- Que se disponga a las FFAA y a los Coordinadores de Recinto Electoral que ningún escrutinio de JRV puede ser a puerta cerrada y que debe contar con la presencia de los delegados de los partidos políticos, observadores electorales y de un miembro al menos de la Fuerza Pública, a más de los ciudadanos que quieran observar este proceso público. 

TERCERO.- Con relación al escrutinio de la JRV, nos permitimos demandar del  CNE: 

3.1.- Que, el escrutinio de JRV sea público, conforme señala la Constitución en sus artículos 62 y 95 así como en el Código de la Democracia, en los artículos 10, 124 y 125. 

3.2.- Que el voto sea cantado de uno en uno, exhibiendo a los delegados de los partidos políticos y a la ciudadanía presente.

3.3.- Que, los Coordinadores de Recinto Electoral, con el apoyo de la Fuerza Pública, verifiquen que la actuación de los miembros de JRV se ciñe a la ley.  

CUARTO.- Respecto al  sistema tecnológico denominado “Sistema Electoral de Transmisión y Publicación de Actas y Resultados (Septar), nos permitimos exigir una mayor transparencia, en el siguiente sentido: 

4.1.- El CNE está obligado, por ley, a publicar las actas en un servidor de consulta en línea para conocimiento público, es decir, de todos los ciudadanos y de los actores políticos.  

4.2.- Que, siendo la copia del acta publicada en el sistema de transmisión y publicación de actas, un documento con fuerza probatoria, se entregue a los actores políticos y se publique para conocimiento de la ciudadanía; desde el inicio del procesamiento y cómputo de resultados las actas para que puedan realizar la actividad de control y supervisión todos los interesados en el proceso electoral, en especial, de la ciudadanía. 

4.3.- Que la difusión y entrega de resultados sean desagregados por provincia, cantón, parroquia, recinto y junta, con la finalidad de dotar al proceso de una mayor transparencia y publicidad electoral.

4.4.- Que una vez procesadas las actas, se ponga a disposición de los sujetos políticos y de la ciudadanía el archivo de actas físico, en original, para las confrontaciones y validaciones de ley y que, en caso de reconteo, se mantengan los dos originales para comprobación de su conformidad o disconformidad con el resultado electoral. 

4.5.- Expresamos nuestra preocupación del tipo de enlace o línea dedicada que se ha permitido a las organizaciones políticas con el sistema informático, ya que esta puede ser el canal de ingreso de hackers o de algún tipo de manipulación de los resultados, por lo que no pueden tener un acceso directo, ya que con tecnologías de última generación y disruptivas, podrían acceder fácilmente a las bases de datos y alterar los resultados electorales; por lo que debe ser un sistema paralelo que alimente en otro servidor los resultados obtenidos por cada candidato y no una conexión directa, por los riesgos y afectación a la seguridad informática. 

4.6.- Que se publiquen las actas de instalación y escrutinio de JRV en la web institucional, desde el inicio de la operación de contabilización de votos. 

QUINTO.- Respecto al “Sistema Informático Electoral de Resultados (SIER)”, nos permitimos señalar lo siguiente: 

5.1.-  Deberá permitirse una auditoría previa, concurrente y posterior a las elecciones de la segunda vuelta electoral a los delegados técnicos de las dos candidaturas, a representantes de universidades y politécnicas del país determinados por el Consejo Nacional Electoral, y a delegados de las organizaciones de la sociedad civil acreditadas ante el CNE. 

5.2.- Al comunicar las votaciones alcanzadas en el sistema denominado CNE APP, es obligación de la autoridad electoral informar, publicitar, y difundir los resultados electorales obtenidos por cada candidato a nivel de Junta Receptora del Voto, Parroquia y Cantón de conformidad con la ley. La información solo de resultados totales resulta insuficiente para la transparencia del proceso electoral. 

SEXTO.- Respecto a las encuestas de boca de urna o exit poll, consideramos que éstas deben tener una rigurosa reglamentación en cuanto a su difusión; la exigencia previa de que se entreguen los resultados al CNE antes de su difusión; la obligación de no alterar el proceso de votaciones con informaciones de cortes o mediciones, y un control directo por parte del CNE, in situ, en cada una de las sedes de procesamiento de resultados de las compañías autorizadas para ello. 

SÉPTIMO. - GARANTÍA DEL SECRETO DEL VOTO.- El CNE debe dictar un disposición pública o norma reglamentaria a fin de precautelar el SECRETO DEL VOTO, y por ende, se prohíba a los electores la exhibición o fotografía de la papeleta de votación, luego de que se haya ejercido el sufragio, a fin de evitar la compra venta de los votos y se realice una campaña en el sentido de que sea prohibido tomar fotografías al voto.

Se debe aclarar, sin embargo, que sí está permitido tomar fotos del acta de escrutinio una vez concluidos los escrutinios, como parte de la actividad de control de los sujetos políticos y de la ciudadanía. 

Usted, señora Presidenta y los señores miembros del CNE comprenderán que de la forma en cómo se actúe el 11 de abril -tanto en el proceso de votaciones como en el del escrutinio, en la comprobación fehaciente y clara de la operación de los sistemas informáticos de publicación de resultados, junto con los documentos probatorios que sustentan el correcto 

 

proceder de las autoridades electorales- la elección podrá ser reconocida por su limpieza, caso contrario, podrían ser juzgados por la acción pública de los ciudadanos que están observando con preocupación todos los actos y resoluciones adoptadas por el CNE. 

 

Es una hora difícil para la democracia ecuatoriana, por tanto, a mayor transparencia y mayor comunicación, menor será el riesgo de deslegitimación de las elecciones; más aún, con el evidente y eventual escenario de que la diferencia de votos entre los contendientes pueda ser muy ajustada. 

COMISIÓN GENERAL.- Finalmente, solicitamos ser recibidos en Comisión General en el día que señale, antes del día de las elecciones, para exponer nuestros puntos de vista.  

Confirmada la sentencia del Tribunal Contencioso Electoral que niega el recurso subjetivo contencioso electoral presentado por Pachakutik y Yaku Pérez; sentencia de última y definitiva instancia; le corresponde al CNE proclamar los resultados definitivos de la primera vuelta electoral presidencial, y organizar en su integridad y con mayor transparencia las elecciones del 11 de abril entre los candidatos Andrés Arauz y Guillermo Lasso.

La falta de certeza de las decisiones desató controversias a raíz del anuncio de resultados de las elecciones del 7 de febrero, generando un llamado cívico a las autoridades electorales, a los grupos de la sociedad civil y a los sujetos políticos, por parte del colectivo Voces por la Democracia para la observancia y cumplimiento de la normativa electoral en el marco de la conciliación y la paz democrática.

Ahora, corresponde analizar el escenario que nos dejan las elecciones, los reclamos y la decisión de los jueces contenciosos de la Función Electoral, teniendo como objetivo permanente la preservación de la democracia; y, en la coyuntura, las elecciones de la segunda vuelta en el país.

Las elecciones en sí mismas no son lo trascendental para la democracia de un país, tienen mayor valor la institucionalidad, los poderes constituidos, la separación de las funciones, las libertades, la justicia independiente y la participación efectiva de los ciudadanos. Pero en lo que sí hay coincidencia es en que el objetivo final de la democracia es, dentro de los límites de la realidad, evitar el abuso de los detentadores del poder frente a los ciudadanos. Una definición clara de la vinculación de esa finalidad con el sistema electoral y los partidos políticos es:

La democracia política moderna es un sistema de gobierno en el que los ciudadanos pueden llamar a cuentas a los gobernantes por sus actos en el dominio público, a través de la competencia y cooperación de sus representantes electos.[1]

Las consecuencias de las crisis económica y sanitaria lamentablemente se evidencian en los sectores vulnerables de la población, que se vuelven blanco fácil de la manipulación o de la compra de su voto por un regalo o recompensa económica.

También se aprecia que el entorno político está contaminado por la corrupción, de lo cual hay cientos de procesos y sentencias firmes, ejecutoriadas y ejecutadas.

A ello se suma, la carencia de coordinación entre los dignatarios de la Función Electoral y la falta de imparcialidad e independencia de sus decisiones, lo cual hace peligrar la institucionalidad electoral y dificulta la ejecución de un proceso transparente que garantice las elecciones del 11 de abril.

Por otra parte, algunos sujetos políticos y sectores interesados actúan en absoluta contradicción con los principios de la democracia, pregonando el voto nulo, denotando que no les interesa el futuro del país sino que responden únicamente a sus propios intereses o de grupo.

Frente a estos elementos del entorno electoral, se torna indispensable organizar y orientar al poder ciudadano, entendido como esa participación consagrada constitucionalmente para ejercerla frente a la violación de un derecho o la amenaza de su afectación. Es indispensable que los ciudadanos ejerzan su acción para desarrollar el control popular en los diferentes ámbitos del proceso electoral que vamos a vivir el 11 de abril y la campaña que le antecede.

Nuestra propuesta se orienta a pedir a  los ciudadans que nos activemos, de manera decidida, para actuar en una permanente vigilia que evite el cometimiento de las infracciones electorales, conforme las establece el Código de la Democracia. Para alcanzar este objetivo, pedimos que en el diario vivir se haga presente la acción ciudadana para crear las evidencias que permitan denunciar las infracciones electorales que se cometan, y que por dicha acción ciudadana, los responsables sean sancionados por el organismo electoral competente, en especial, en los siguientes casos:

  • Si presenciamos o conocemos que se está entregando dádivas, regalos u ofertando una recompensa económica a cambio del voto.
  • Si presenciamos o conocemos que se entregan fondos en dinero en efectivo o en especie para la campaña electoral, provenientes de actos ilegales.
  • Si se comete algún acto de violencia política de género.
  • Si se pauta o promociona, bajo contrato o a título gratuito, en forma directa o indirecta, espacios publicitarios en radio, televisión, medios digitales o prensa escrita, para realizar campaña electoral, sin ser los autorizados por el CNE.

El Colectivo Voces por la Democracia pide a los ciudadanos: grabar, fotografiar, hacer videos y recabar pruebas de actos que constituyan infracciones electorales, porque empañan el proceso electoral y le quitan la transparencia, y remitirlas al portal de denuncias: Esquel.org.ec/denuncias

Suscribimos,

 

Corporación Participación Ciudadana

Centro Latinoamericano de Estudios Políticos CELAEP

Haciendo Ecuador

Fundación Contrato Social por la Educación

Wayusa Participativa

Observatorio a la Violencia Política contra las Mujeres

Movimiento Mujeres del Ecuador

Observatorio Ciudadano Electoral

Ruth Hidalgo

Sebastián Mantilla

Mónica Banegas

Anunziatta Valdez

Sharlyn Zúñiga Miranda

Rosa PonceAndrea Quijije

Carlos Aguinaga

Pablo Andrade Andrade

Fausto Camacho

Paquita Morejón

Silvia Buendia

Jorge Benavides            

María Pilar Vela

Esteban Ron

Juan Francisco Mora

 

[1] Philippe Schmittery y Terry Lyn Karl, "What is democracy ... and is not", en Larry Diamond y Marc Plattner (eds.), The Global Resurgence of Democracy, Baltimore y Londres, The John Hopkins University Press, 1993, p.40, Citado por José Antonio Crespo en Elecciones y Democracia, consultado el 18 de marzo de 2021, alojado en https://portalanterior.ine.mx/documentos/DECEYEC/elecciones_y_democracia.htm

Wednesday, 11 March 2015 06:20

Denuncias

El colectivo Voces por la Democracia, en su afán de involucrar a los ciudadanos como sujetos activos y corresponsables en este proceso democrático de cara a la segunda vuelta electoral del 11 de abril de 2021, ponemos a su disposición este módulo para denuncias ciudadanas sobre posibles infracciones electorales que serán recopiladas y revisadas para su publicación y conocimiento ante la autoridad electoral.

 Boton

Con el fin de ampliar los servicios de oxígeno en varios hospitales que permitan atender la demanda de pacientes a causa de la infección por COVID-19, se realizará la adquisición de los siguientes equipos de oxígenoterapia:

      1. 110 concentradores de oxígeno de hasta 5 lts/min
      2. 110 kits de oxigenoterapia que constan de:
               • humidificador
               • flujómetro
               • manómetro
               • cilindro de oxígeno (680 lts) con coche de transporte
               • regulador de voltaje
               • oxímetro
               • mangueras y cánulas nasales

Por lo antes señalado agradeceré su colaboración presentando su cotización conforme al detalle indicado, tomando en cuenta que los ítems deberán ser entregados en los siguientes establecimientos de salud:

ITEM

ESTABLECIMIENTOS

CIUDADES

CANTIDAD
CONCENTRADORES
A ENTREGAR

STATUS

1

HOSPITAL GENERAL DOCENTE AMBATO

AMBATO

10

CONFIRMADO

2

CENTRO DE SALUD TIPO B COTOCOLLAO IESS

QUITO

10

CONFIRMADO

3

CCQA-HOSPITAL DEL DÍA SALGOLQUÍ IESS

SANGOLQUI

10

CONFIRMADO

4

CENTRO DE SALUD PATRONATO MUNICIPAL TULCÁN

TULCAN

10

CONFIRMADO

5

CENTRO DE SALUD PATRONATO PROVINCIAL TUNGURAHUA

AMBATO

10

CONFIRMADO

6

CENTRO DE SALUD TIPO B ABDÓN CALDERÓN LAGO AGRIO

LAGO AGRIO

10

CONFIRMADO

7

CCQA-HOSPITAL DEL DÍA AZOGUES IESS

AZOGUES

10

POR CONFIRMAR

8

HOSPITAL GENERAL TEÓFILO DÁVILA

MACHALA

10

POR CONFIRMAR

9

HOSPITAL GENERAL ALFREDO NOBOA GUARANDA MSP

GUARANDA

10

POR CONFIRMAR

10

HOSPITAL GENERAL RAFAEL RODRÍGUEZ MANTA MSP

MANTA

10

POR CONFIRMAR

11

HOSPITAL GENERAL MACAS MSP

MACAS

10

POR CONFIRMAR

Las cotizaciones deben ser enviadas al correo This email address is being protected from spambots. You need JavaScript enabled to view it. hasta las 15:00 del día martes 16 de marzo de 2021, especificando tanto las marcas como modelos de lo ofertado, garantías ofrecidas y adjuntando la ficha técnica con sus respectivos registros.

La proforma deberá contener al menos los siguientes datos de la empresa:

  • Nombre o Razón Social
  • Número de RUC
  • Fecha
  • Dirección
  • Correo/s electrónico/s
  • Números telefónicos
  • Tiempo de entrega
  • Forma de Pago
  • Validez de la cotización
  • Nombre de la persona de contacto
  • Firma y sello de responsabilidad
  • Garantía Técnica

DATOS DE LA INSTITUCIÓN REQUIRENTE:

  • Nombre: FUNDACIÓN ESQUEL
  • RUC: 1791116992001
  • Dirección: Av. Colón E4-175 entre Amazonas y Foch, Ed. Torres de la Colón, Mezzanine Of. 12 Quito - Ecuador
  • Teléfono: (02) 252-0001
  • E-mail: This email address is being protected from spambots. You need JavaScript enabled to view it.

NOTAS ESPECIALES: 

  • LOS INSUMOS COTIZADOS NO PODRÁN TENER PROCEDENCIA CHINA, EN NINGUNO DE SUS COMPONENTES. SE SOLICITARÁ A LA EMPRESA ADJUDICADA UNA DECLARACIÓN JURAMENTADA COMO CONSTANCIA DEL CUMPLIMIENTO DE ESTA CONDICIÓN.
  • LAS EMPRESAS QUE PRESENTEN SU OFERTA DEBERÁN TENER HABILITADO EN SU RUC, COMO GIRO DE NEGOCIO LA VENTA Y PROVISIÓN DE DISPOSITIVOS, INSUMOS, EQUIPAMIENTO MÉDICO. NO SE ACEPTARÁN OFERTAS QUE NO CUMPLAN ESTE REQUISITO.
  • EN CASO DE QUE LA EMPRESA ADJUDICADA REQUIERA UN ANTICIPO, DEBERÁ ENTREGAR UNA PÓLIZA POR EL VALOR DEL MISMO.

Las cotizaciones deben ser enviadas al correo This email address is being protected from spambots. You need JavaScript enabled to view it. hasta las 15:00 del día martes 16 de marzo de 2021

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